Precisa SCT actividades esenciales durante contingencia

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo por el que se precisan las actividades esenciales de su competencia, y dio aviso de la expedición de autorizaciones provisionales para circular sin placas metálicas para que las unidades destinadas al autotransporte federal puedan transitar, en el marco de la atención de la emergencia sanitaria generada por el Coronavirus.

Entre las actividades esenciales, destacan las siguientes:

En materia de Infraestructura:

  • La conservación de las carreteras federales libres de peaje;
  • El Programa de Conservación y Rehabilitación de Caminos Rurales y Alimentadores, y
  • La operación de la Red de Autopistas de Cuota, las libres de peaje, así como todos aquellos caminos y puentes entregados a los gobiernos de las entidades federativas y municipios para su operación, mantenimiento, conservación y vigilancia.

En materia de Autotransporte Federal:

  • Aquellas vinculadas con la cadena de servicios de transporte de personas y carga, que a continuación se enlistan:
  • Servicios de autotransporte federal de pasajeros y carga.
  • Servicios de mantenimiento de la flota vehicular, proveeduría de refacciones y servicios conexos.
  • Servicios de limpieza y desinfección para vehículos de todo tipo, terminales de pasajeros, paradores, estaciones de servicios mecánicos y venta de diésel y gasolina.
  • Operación de centros de carga y descarga de todo tipo de bienes, así como la de paradores.
  • Servicios de paquetería y mensajería.
  • Servicios de grúas de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.
  • Terminales de pasajeros y unidades de verificación, auxiliares al autotransporte federal
  • Expedición de autorizaciones provisionales para circular sin placas metálicas, para que las unidades destinadas al autotransporte federal puedan transitar y prestar servicios mientras persista la emergencia sanitaria referida, y persistan las condiciones que han dado lugar al establecimiento de medidas para la contención del citado virus.

El Acuerdo entrará en vigor hoy (día de su publicación) y subsistirá en tanto prevalezca la situación de emergencia sanitaria de conformidad con las valoraciones, resoluciones o acuerdos de la autoridad de salud federal.

Consulta la publicación oficial, aquí.