DOF: 17/12/2015
EXTRACTO del Acuerdo CFCE-342-2015 por el que la Comisión Federal de Competencia Económica expide la Guía-007/2015: Guía para el intercambio de información entre agentes económicos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.
«EXTRACTO DEL ACUERDO CFCE-342-2015 POR EL QUE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA EXPIDE LA GUÍA-007/2015: GUÍA PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE AGENTES ECONÓMICOS.»
México, Distrito Federal, a diez de diciembre de dos mil quince. El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), en sesión celebrada el mismo día, y con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12, fracción XXII, último párrafo, inciso g), 138, fracción III de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) y 5, fracción XIII, del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica (Estatuto), por unanimidad de votos y ante la fe del Secretario Técnico de la Cofece en términos de los artículos 4, fracción IV, 18, 19 y 20, fracciones XXVI, XXVII y LVI del Estatuto, emitió el siguiente acuerdo:
«ÚNICO.– Se emite la Guía para el Intercambio de Información entre Agentes Económicos… »
Por tal motivo y en términos de la fracción III del artículo 138 de la LFCE, se informa al público en general que el contenido íntegro de la guía mencionada podrá localizarse en la página de Internet de la Cofece con los siguientes datos:
No. de Acuerdo | Disposición | Objeto | Medio de consulta |
---|---|---|---|
CFCE-342-2015 | GUIA-007/2015: Guía para el Intercambio de Información entre Agentes Económicos |
Orientar a los agentes económicos y al público en general sobre los elementos que la Cofece considerará al evaluar los intercambios de información realizados entre agentes económicos. | https://www.cofece.mx/cofece/index.php/normateca Sección: Guías. |
El presente extracto se emite con fundamento en los artículos citados anteriormente, así como en el artículo 20, fracción XXXV, del Estatuto.- Conste.
México, Distrito Federal, a once de diciembre de dos mil quince.- El Secretario Técnico, Roberto I. Villarreal Gonda.- Rúbrica.Nota: Podrá consultar la guía completa ingresar AQUI en el documento xxxxxxxxx.doc