El Servicio de Administración Tributaria (SAT), amplió al 31 de diciembre de 2022 el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en caso de que la misma no se emita cumpliendo todos los requisitos aplicables.
A través de un comunicado difundido en sus redes sociales, el organismo que dirige Raquel Buenrostro, reiteró su compromiso de mejorar los trámites y servicios para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, con el animo de continuar con la reactivación económica y que el sector transporte de adapte al uso de la factura electrónica con Complemento Carta Porte.
En el mismo documento, el propio SAT reconoce que la comunicación que mantiene con los sectores del transporte ha fortalecido la colaboración interinstitucional para fortalecer la formalidad.
En días pasados, Ramón Medrano, presidente nacional de CANACAR, acompañó a José Abugaber, presidente de CONCAMIN, a un encuentro con la Jefa del SAT en el cual reiteró la voluntad y compromiso de esta cámara para contar con regla específica para el transporte de hidrocarburos, revisar las disposiciones en materia de Tasa Cero e Iva No Objeto, entre otros aspectos urgentes en materia fiscal para el gremio.
Reiteramos que la regla es obligatoria desde el 1 de enero de 2022.