A partir del 1 de octubre de 2018 todo transportista que ingrese o salga por cualquier aduana mexicana deberá portar de forma obligatoria el Gafete Único de Identificación de Transportista (GUIT), informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Como una medida de apoyo a los socios, la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), a través de la circular 246/2018, extendió una serie de recomendaciones a los empresarios del transporte para evitar contratiempos al realizar actividades en recintos aduaneros del país:
- El GUIT deberá entregarse al operador, quien deberá portarlo de manera visible para su ingreso y/o salida de la aduana.
- Para que el GUIT sea válido, deberá estar activo al momento del ingreso o salida. Para ello es indispensable que al recibirlo se confirme su recepción a través del portal VUCEM, en la tarea denominada “Confirmar recepción de gafete”.
- El operador deberá estar anotado en todo momento en el Registro del Código Alfanumérico (CAAT).
- Cuando el operador deje de laborar en la empresa que solicitó el gafete, ésta deberá informar la baja en el portal VUCEM, en la opción “Devolución”.
La empresa transportista que realice la baja podrá tomar cualquiera de las opciones siguientes de forma indistinta:
1.- Entregar el gafete al operador (Con acuse de recepción firmado por el conductor). Dicho documento en copia, así como una copia del acuse de baja emitido por el portal VUCEM, deberá entregarse en la aduana que realizó el trámite.
2.- Retirar el gafete del operador para que sea entregado junto con la copia del acuse de baja emitido por el portal VUCEM, en la aduana donde se realizó la baja.
Es importante señalar que el gafete por ningún motivo deberá retenerlo la empresa, una vez que el operador deje de laborar en ella.
Para mayor información, CANACAR pone a disposición de los afiliados los siguientes correos: